Espacio publicitario disponible

OBRA PÚBLICA

El Gobierno creó un régimen para cancelar deudas de obra pública con bonos por hasta US$146 millones

La medida permitirá saldar acreencias devengadas entre 2022 y 2025 mediante la entrega de títulos públicos. La adhesión será voluntaria y exigirá a las empresas desistir de reclamos administrativos y judiciales contra el Estado.

PorTendencia de noticias
20 jul, 2026 05:39 p. m. Actualizado: 20 jul, 2026 05:39 p. m. AR
El Gobierno creó un régimen para cancelar deudas de obra pública con bonos por hasta US$146 millones

Noticias Argentinas difundió que el Gobierno nacional creó un régimen para cancelar deudas derivadas de contratos de obra pública mediante la entrega de títulos públicos, con un monto máximo de US$146,4 millones, en el marco de una estrategia orientada a regularizar obligaciones pendientes sin afectar el equilibrio fiscal.



La medida fue oficializada este jueves a través de la Resolución 1/2026, publicada en el Boletín Oficial, que creó el Régimen Simplificado de Extinción de Obligaciones de Contratos de Obra Pública.



El nuevo esquema, de adhesión voluntaria, está destinado a cancelar acreencias devengadas entre enero de 2022 y diciembre de 2025 correspondientes a certificados de obra, acopio de materiales y redeterminaciones de precios.



La decisión fue adoptada luego de un relevamiento realizado por las secretarías de Transporte y de Obras Públicas, que identificó obligaciones pendientes con contratistas. Según el Gobierno, la implementación del régimen responde a la falta de créditos presupuestarios suficientes para afrontar esos pagos y busca "garantizar la sostenibilidad fiscal y la adecuada administración de los recursos públicos".



El beneficio alcanza a empresas con contratos de obra pública celebrados bajo la Ley N.º 13.064 y a proyectos financiados por organismos multilaterales, tanto para obras en ejecución como para contratos extinguidos a partir del 1° de enero de 2024.



La resolución fija un límite global de US$146.436.761,27 para la cancelación de las obligaciones. El pago se efectuará mediante una combinación de tres instrumentos de deuda pública, valuados a su valor técnico correspondiente al día hábil anterior a la entrega.



El esquema prevé que el 33% de la deuda se cancele con Letras del Tesoro Capitalizables (LECAP) con vencimiento el 30 de octubre de 2026; otro 33% mediante Bonos del Tesoro Capitalizables (BONCAP) con vencimiento el 15 de enero de 2027; y el 34% restante con BONCAP que vencerán el 30 de abril de 2027.



Para adherir al régimen, las empresas deberán desistir expresamente de todos los reclamos administrativos y judiciales iniciados contra el Estado nacional vinculados con los contratos alcanzados por el programa.



Además, deberán renunciar a cualquier reclamo futuro relacionado con una eventual alteración de la ecuación económico-financiera de los contratos como consecuencia de la modalidad de pago establecida.



Los contratistas interesados contarán con un plazo de diez días hábiles desde la entrada en vigencia de la resolución, prevista para el viernes 3 de julio, para presentar la solicitud de adhesión a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).



Una vez aceptada la incorporación al régimen, dispondrán de otros diez días hábiles para presentar la liquidación de las acreencias, incluyendo los intereses por mora que correspondan. Esa documentación será auditada por las áreas competentes y por la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) antes de la firma de las actas acuerdo definitivas.

publicidad

Más de economía

publicidad